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Cuando la incapacidad temporal del trabajador no es un criterio de selección, este trabajador puede incluirse en el ERTE.
Según la Sala de lo Social, la empresa debe acreditar que la causa de su decisión no ha sido promovida por un hecho de discriminación reuniendo los requisitos formales que justifiquen esa causa.
Según caso analizado que se encuentra en este supuesto:
1. La compañía adjunta lista de afectados por el ERTE. Dentro de los cuales unos 353 empleados de 909, se encontraban en situación de incapacidad temporal. De estos 353, finalmente fueron 267 trabajadores los que fueron afectados por un ERTE.
2. Los criterios de selección del personal afectado por el ERTE, fueron previamente negociados por la representación legal de los trabajadores.
3. No queda acreditado que la incapacidad temporal haya sido uno de los criterios para determinar la afectación.
4. No se tiene constancia de que la incapacidad temporal haya causado algún prejuicio sobre los trabajadores afectados al ERTE con respecto a los que permanecen en situación de alta.
Por todo lo comentado, se descarta la discriminación en tales casos.