El SEPE, ha lanzado un comunicado, indicando que como el 20 de julio hace un mes que ha finalizado el estado de alarma, a partir del 21 de julio se dan por terminados los plazos de las medidas extraordinarias relacionadas con el trabajo y que se adoptaron para hacer frente a la pandemia.
Por este motivo, a partir del 21 de julio ya no se podrá solicitar el Subsidio Extraordinario para Personas Empleadas de Hogar y el Subsidio Excepcional de Fin de Contrato Temporal. Lo mismo ocurre con el plazo para poder presentar todas aquellas solicitudes de prestación por desempleo dicho plazo vuelve a ser de 15 días hábiles. Si no se cumple con el plazo, significará que se reduce el tiempo de duración de la prestación.
Si estás recibiendo un subsidio por desempleo, se deberá solicitar su prolongación a los seis meses, y si estas recibiendo un subsidio por ser un trabajador mayor de 52 años, se debe de presentar la declaración anual de rentas (DAR).