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26 junio 2020
Con efectos desde el día 26 de junio de 2020, se ha publicado la Orden HAC/530/2020, de 3 de junio los modelos 770, «Autoliquidación de intereses de demora y recargos para la regularización voluntaria prevista en el artículo 252 de la Ley General Tributaria» y 771 «Autoliquidación de cuotas de conceptos y ejercicios sin modelo disponible en la Sede electrónica de la AEAT para la regularización voluntaria prevista en el artículo 252 de la Ley General Tributaria», y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación.
• Modelo 770 destinado a la autoliquidación e ingreso de intereses de demora y recargos legalmente devengados para la regularización voluntaria, en relación, exclusivamente tal y como hemos indicado anteriormente, con aquellos tributos sometidos al procedimiento de autoliquidación.
• Modelo 771 destinado a la autoliquidación e ingreso de cuotas correspondientes a conceptos impositivos y ejercicios, cuyo modelo de presentación no se encuentre disponible en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria en ese momento, cuya cumplimentación se realizará de acuerdo a la orden ministerial que aprobó el respectivo modelo de presentación.
Se presentará un modelo 770 y, en su caso, un modelo 771, por cada concepto impositivo y ejercicio o hecho imponible que se pretenda regularizar,
estos modelos estarán disponibles exclusivamente en formato electrónico a través de internet y para ambos, existe la posibilidad de aportar la documentación que se estime conveniente para respaldar los datos consignados en los mismos.