Desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 24/2020, EL SEPE ha emitido una nota aclaratoria donde indica el nuevo procedimiento que deben seguir las empresas con respecto a las comunicaciones ante las nuevas modificaciones que se den en el desempeño de la actividad de cada trabajador o trabajadora.
Lo que deben hacer las empresas es en un único fichero en el que se comuniquen los períodos de actividad e inactividad de los trabajadores y trabajadoras que se acojan a una reducción de jornada. La comunicación de estos periodos se debe de hacer siguiendo las directrices de la guía publicada en la página web del SEPE. Se puede adelantar esta comunicación antes de que finalice este mes.