Pautas y recomendaciones sanitarias para ejercer la actividad comercial
6 julio 2020Guía de reincorporación de los trabajadores acogidos a un ERTE
7 julio 2020
En lo que al ámbito tributario se refiere, son dos medidas las que se han implantado en lo que se refiere al Impuesto de Sociedades:
1. Deducción en el Impuesto sobre Sociedades por actividades de innovación tecnológica de procesos de producción en la cadena de valor de la industria de la automoción. Para los períodos impositivos que se inicien dentro de los años 2020 y 2021, se incrementa el porcentaje de deducción por innovación tecnológica, del 12 al 25%, sobre los gastos efectuados en la realización de estas actividades. Se establece como requisito necesario para la aplicación de esta deducción que la entidad haya obtenido un informe motivado sobre la calificación de la actividad como innovación tecnológica cuyo resultado sea un avance tecnológico en la obtención de nuevos procesos de producción en la cadena de valor de la industria de la automoción o mejoras sustanciales de los ya existentes.
2. Libertad de amortización en inversiones realizadas en la cadena de valor de movilidad eléctrica, sostenible o conectada. Para inversiones realizadas en 2020, se establece la posibilidad de amortizar libremente las inversiones en elementos nuevos del inmovilizado material que impliquen la sensorización y monitorización de la cadena productiva.