El Ministerio de Trabajo ha lanzado una nueva propuesta de prórroga de los ERTES en la que se prohíbe despedir a los trabajadores.
Entre las novedades adelantadas a la espera de la publicación del acuerdo, el principal cambio opera sobre las exoneraciones que disfrutan las empresas que se acogen a un ERTE por limitación COVID-19, que en el modelo actual se va reduciendo cada mes y que, atendiendo al Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, en la actualidad son:
Empresas que, a 29 de febrero de 2020, tuvieran menos de 50 trabajadores:
• Del 100% en el mes de octubre;
• Del 90% en el mes de noviembre;
• Del 85% en el mes de diciembre de 2020;
• Del 80% en el mes de enero de 2021.
Empresas que, a 29 de febrero de 2020, tuvieran
50 o más trabajadores:
• Del 90% en el mes de octubre;
• Del 80% en el mes de noviembre;
• Del 75% en el mes de diciembre de 2020;
• Del 70% en el mes de enero de 2021.
Gobierno, sindicatos y patronal han llegado a un preacuerdo para extender los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) hasta el próximo 31 de mayo, existiendo un plazo impuesto -inicial- por Trabajo hasta el próximo 15 de enero para negociar.