El tiempo se acaba para aquellas empresas que quieran reclamar judicialmente a las aseguradoras que se niegan a cubrir los daños provocados por el primer estado de alarma que se declaró el pasado 14 de marzo del 2020 y provocó cierres de establecimientos de todo tipo. Lo que está en juego es el lucro cesante.
Con la normativa de seguro en la mano habría dos años para hacer esa reclamación a las aseguradoras. El debate está en si se contabiliza desde el inicio del primer estado de alarma o desde el 21 de junio que finalizo éste.
Por el momento, la avalancha de reclamaciones no se ha producido. En primera instancia hay sentencias en todos los sentidos, algunas dan la razón al cliente y otros a la aseguradora.
Sin embargo, en segunda instancia ya hay dos sentencias en España, y en los dos casos dan la razón al empresario. Las dos son de la Audiencia Provincial de Girona y obligan a SegurCaixa Adeslas y Zurich Seguros a pagar 6.000 y 18.000 euros, respectivamente, en indemnizaciones a sus asegurados.